NORMAS DE USO DE LAS INSTALACIONES
Texto destinado a regular la convivencia y seguridad en el centro físico para los clientes que contratan.
1. Acceso y Horarios
- El acceso a las instalaciones se realiza mediante el sistema de código individualizado y personal.
- Está estrictamente prohibido facilitar el código de acceso a personas ajenas a la contratación del trastero.
- El registro de entradas y salidas queda monitorizado informáticamente por motivos de seguridad corporativa.
2. Bienes y Sustancias Prohibidas
Queda terminantemente prohibido almacenar dentro de los trasteros los siguientes elementos:
- Materias inflamables, explosivas, corrosivas, radioactivas o combustibles (gasolina, gas, pinturas de base disolvente, etc.).
- Alimentos perecederos o productos que puedan generar olores, plagas o descomposición.
- Animales (vivos o muertos) y plantas.
- Sustancias ilegales, estupefacientes o productos procedentes de actividades delictivas.
- Armas de fuego o munición.
3. Uso de las Zonas Comunes y Parking Privado
- El parking privado es de uso exclusivo para clientes durante las labores de carga y descarga de bienes. No se permite el estacionamiento prolongado.
- Las zonas de paso, pasillos y salidas de emergencia deben permanecer libres de objetos en todo momento.
- Queda prohibido realizar trabajos de bricolaje, mecánicos o actividades comerciales dentro de los trasteros o en los pasillos de la instalación.
4. Conservación y Limpieza
- El usuario se compromete a mantener el trastero asignado en perfecto estado de limpieza e higiene.
- No está permitido realizar anclajes, taladros, pinturas o modificaciones estructurales en las paredes o techos del trastero alquilado.
- Cualquier daño estructural causado por negligencia del usuario será repercutido directamente a este.